Sala IV sepulta proyecto de Ley de Aguas por ser “constitucionalmente inviable”
"Para que nuestros ríos lleguen sanos al mar"
Legislación Nacional del Agua
El Tribunal señala, contundentemente, que los diputados incumplieron la Constitucióny las Leyes que regulan las iniciativas presentadas por el pueblo.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (conocida popularmente como la Sala IV) declaró “inevacuable” la consulta planteada por varios diputados al proyecto de Ley de Aguas, tramitada en el expediente legislativo 17.742.
Por sentencia 2018-1079 emitida al mediodía de este miércoles, el Tribunal Constitucional consideró que el proyecto de Ley resulta “constitucionalmente inviable”, ya que la Asamblea Legislativa incumplió, expresamente, la Constitución Política y las Leyes de la República relacionadas con las iniciativas que son presentadas por el pueblo.
La Magistrada Nancy Hernández López salvó su voto y evacuó la consulta, indicando que no existe vicios esenciales de procedimiento por violación al principio de conexidad, pero que el artículo 126 inciso 7 del proyecto es contrario al derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, tutelado en el artículo 50 de la Constitución Política, en su modalidad de no regresión en materia ambiental.
El Magistrado Fernando Cruz Castro expresó argumentos adicionales y el Magistrado Fernando Castillo Víquez dio razones separadas. La Magistrada Anamari Garro Vargas puso una nota.
La resolución, a pesar de ser una sentencia ante una consulta planteada por los diputados, tiene carácter vinculante, pues se trata de errores de procedimiento en el trámite del proyecto de Ley, tal y como lo establece el artículo 101 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
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